Libro LIBRO IV›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 276
En vigor desde 16 dic 2011
Los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de gestión de servicios públicos se regularán por la presente Ley, excluidos los artículos 212, apartados 2 a 7, ambos inclusive, 213, 220 y 222, y por las disposiciones especiales del respectivo servicio, en cuanto no se opongan a ella.
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Proeli/es/rdlg/2011/11/14/3#art-276