Libro SECCIÓN SEGUNDATítulo DIVISIÓN 2. PROFESIONALES RELACIONADOS CON LAS INDUSTRIAS DE LA AERONÁUTICA, DE LA TELECOMUNICACIÓN Y DE LA MECÁNICA DE PRECISIÓN.

Art. Agrupación 22

En vigor desde 1 ene 1996
Agrupación 22. Ingenieros Técnicos y Ayudantes de la Aeronáutica y Ayudantes de Ingenieros de Armamento y Construcción y similares. Cuota de: 23.805 pesetas. (143,07 euros) Cuota de: 25.565 pesetas. (153,65 euros) Cuota de: 21.528 pesetas. (129,39 euros) Cuota de: 21.528 pesetas. (129,39 euros) Cuota de: 22.149 pesetas. (133,12 euros) Cuota de: 22.149 pesetas. (133,12 euros) Cuota de: 22.149 pesetas. (133,12 euros) Cuota de: 22.770 pesetas. (136,85 euros) Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964 . Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros. Se añade el Grupo 228 por el art. 72.1. 13 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-1993-31087 .

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eli/es/rdlg/1990/09/28/1175#agrupacion-22-1

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