Libro SECCIÓN SEGUNDA›Título DIVISIÓN 0. PROFESIONALES RELACIONADOS CON LA AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA, SILVICULTURA Y PESCA.
Art. Agrupación 01
En vigor desde 1 ene 1996
Agrupación 01. Doctores y Licenciados en Ciencias Biológicas, Ingenieros Agrónomos y de Montes.
Cuota de: 22.253 pesetas. (133,74 euros)
Cuota de: 33.638 pesetas. (202,17 euros)
Cuota de: 34.880 pesetas. (209,63 euros)
Se incrementan en un 3,5 por 100 las cuotas, por el art. 26.1.a) del Real Decreto Ley 12/1995, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1995-27964 . Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/1990/09/28/1175#agrupacion-01