Art. SECCIÓN 1

En vigor desde 18 may 2006
Sección 1ª. Disposiciones generales sobre actividad transfronteriza de los fondos de pensiones de empleo Se añade por el art. único.4 de la Ley 11/2006, de 16 de mayo. Ref. BOE-A-2006-8636

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eli/es/rdlg/2002/11/29/1#cabecera-s1-2

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