Art. Artículo único

En vigor desde 23 abr 1996
Se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia, que figura como anexo al presente Real Decreto legislativo.
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eli/es/rdlg/1996/04/12/1#articulo-unico

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