Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Sección segunda
DerogadoEn vigor desde 16 ago 1889
Sección segunda. De la manera de proceder el consejo de familia
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#seccion-segunda-11