Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Sección segunda
DerogadoEn vigor desde 15 may 1958
Sección segunda. Disposiciones comunes a las dos clases de matrimonio
Se modifica la rúbrica por el de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#seccion-segunda