Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Sección primera
En vigor desde 8 jun 1981
Sección 1.ª Disposiciones generales.
Se añade por el de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#seccion-primera-3