Libro LIBRO III›Título De la celebración del juicio oral›Capítulo Capítulo I
Art. 680
En vigor desde 28 oct 2015
Los debates del juicio oral serán públicos, bajo pena de nulidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.
Se modifica por la disposición final 1.16 de la Ley 4/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4606#dfprimera .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-680