Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 26 nov 2017
A los solos efectos del Real Decreto 1265/2007, de 21 de septiembre, por el que se establecen las normas especiales sobre subvenciones en el ámbito de la cooperación internacional en materia de Defensa, de seguridad y de inteligencia, se entenderá que el Centro Nacional de Inteligencia continúa incluido entre los organismos públicos del Ministerio de Defensa, sin perjuicio de su actual adscripción al Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre.
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eli/es/rd/2017/11/24/998#disposicion-final-cuarta

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