Capítulo CAPÍTULO III

Art. 6

En vigor desde 27 nov 2015
La competencia general del ciclo de grado superior en baloncesto consiste en construir equipos de baloncesto, así como programar y dirigir el entrenamiento deportivo orientado hacia la obtención y mantenimiento del rendimiento en deportistas y equipos; organizar y dirigir la participación de estos en competiciones de alto nivel. Ejercer la dirección técnica y coordinar la intervención de técnicos especialistas y sus relaciones con la dirección deportiva y la directiva del club; programar y coordinar las tareas de los técnicos a su cargo; organizar competiciones propias de la iniciación y tecnificación deportiva; diseñar programas individuales de alta tecnificación para jugadores de baloncesto; y todo ello de acuerdo con los objetivos establecidos, el nivel óptimo de calidad, y en condiciones de seguridad.
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eli/es/rd/2015/10/30/982#art-6

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