Art. Artículo primero
En vigor desde 22 may 1980
Se crea, con las competencias y funciones que señala el Real Decreto dos mil ochocientos cincuenta y cinco/mil novecientos setenta y nueve, de veintiuno de diciembre, la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Asuntos Exteriores, con rango de Subdirección General, dependiendo directamente del Subsecretario del Departamento y vinculada funcionalmente en la Dirección General del Servicio Exterior.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1980/05/19/967#articulo-primero