Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Órganos de gobierno y administración›§ Subsección 3.ª Órganos de gestión en régimen de participación
Art. 37
En vigor desde 1 sept 1988
Compete a la Asamblea de Usuarios:
a) Conocer las cuestiones que se susciten entre dos o más Juntas de Explotación y proponer al Presidente las oportunas resoluciones.
b) Entender y debatir, en su caso, aquellos asuntos que el Presidente considere oportuno presentar y, de manera especial, la Memoria anual de actividades del Organismo.
c) Informar los presupuestos anuales de ingresos y gastos de las Juntas de Explotación.
d) Proponer los representantes de los usuarios en la Comisión de Desembalse, según lo previsto en el artículo 47.2.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1988/07/29/927#art-37