Art. Preambulo

En vigor desde 18 jul 1987
El continuo desarrollo de la cooperación internacional multilateral y la progresiva desconcentración de la Organización de Naciones Unidas han motivado el establecimiento en Viena de numerosos organismos internacionales y agencias especializadas de los mismos. Entre ellos destacan la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y la Organización Internacional de la Energía Atómica (OTEA), así como diversos organismos dependientes de la Organización de Naciones Unidas en materia de Estupefacientes, Condición Jurídica y Social de la Mujer, Desarrollo Social, Bienestar Social, Refugiados Palestinos, Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y Derecho Mercantil Internacional. La creciente importancia de tales organismos internacionales aconseja que España amplíe su representación ante los misma, actualmente limitada a un órgano unipersonal, el representante permanente ante los Organismos Internacionales con sede en Viena. En su virtud, a iniciativa del Ministro de Asuntos Exteriores y a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de julio de 1987, DISPONGO:
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eli/es/rd/1987/07/03/927#preambulo-pr

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