Art. 2

En vigor desde 9 oct 2020
El estado de alarma declarado por el presente real decreto resultará de aplicación en el territorio de los siguientes municipios de la Comunidad Autónoma de Madrid: a) Alcobendas. b) Alcorcón. c) Fuenlabrada. d) Getafe. e) Leganés. f) Madrid. g) Móstoles. h) Parla. i) Torrejón de Ardoz.
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eli/es/rd/2020/10/09/900#art-2

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