Libro REGLAMENTO DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES›Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Planes estratégicos de subvenciones
Art. 15
En vigor desde 25 oct 2006
Si como resultado de los informes de seguimiento emitidos por los Ministerios y de los informes emitidos por la Intervención General de la Administración del Estado, existen líneas de subvenciones que no alcanzan el nivel de consecución de objetivos deseado, o el que resulta adecuado al nivel de recursos invertidos, podrán ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes o, en su caso, podrán ser eliminadas.
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Proeli/es/rd/2006/07/21/887#art-15