Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 19 jun 2025
El periodo de vigencia del presente real decreto finaliza el 31 de diciembre de 2029.
Se modifica por el .8 del Real Decreto 485/2025, de 17 de junio. Ref. BOE-A-2025-12314 Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 1153/2020, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-16832
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Proeli/es/rd/2017/09/29/874#disposicion-final-cuarta