Art. 8
En vigor desde 18 jul 2010
Corresponde a las Administraciones educativas de las comunidades autónomas con lengua cooficial, la determinación de la cualificación específica adecuada para impartir la materia de lengua cooficial y literatura y del procedimiento para su acreditación.
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Proeli/es/rd/2010/07/02/860#art-8