Capítulo CAPÍTULO V
Art. 15
En vigor desde 28 jul 2022
1. Los documentos básicos de evaluación de las enseñanzas profesionales de danza son: el expediente académico personal, la certificación académica personal, las actas de evaluación y los informes de evaluación individualizados.
2. Toda la información relativa al proceso de evaluación se recogerá, de manera sintética, en el expediente académico personal. En dicho expediente figurarán los datos personales y los datos de identificación del centro, la modalidad de acceso a las enseñanzas, los datos de matrícula y, en su caso, las medidas de adaptación curricular, los resultados de la evaluación y la nota media final.
3. Los documentos básicos de evaluación citarán en lugar preferente la norma de la Administración Educativa que desarrolla el currículo correspondiente.
Se modifica por el .2 del Real Decreto 628/2022, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12503
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/01/26/85#art-15