Art. 1

En vigor desde 1 sept 2005
Quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a los efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, los clérigos de la Iglesia Ortodoxa Rusa del Patriarcado de Moscú en España (en adelante, Patriarcado de Moscú), en los términos y en las condiciones establecidos en este real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2005/07/08/822#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil