Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Programas del eje 2 «formación»›§ Subsección 2.ª Otros programas públicos de empleo-formación
Art. 38
En vigor desde 30 sept 2021
Para la preselección o selección de las personas participantes en estos programas, se tendrán en cuenta tanto el criterio de adecuación al puesto de trabajo como la pertenencia a los colectivos prioritarios señalados en el artículo 4.1, sin perjuicio de aquellos otros que pudiera establecer la administración pública competente en función de sus objetivos de empleo.
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Proeli/es/rd/2021/09/28/818#art-38