Art. 10
En vigor desde 15 jul 2001
La Dirección General de Salud Pública y Consumo adoptará medidas para que los Médicos prescriptores dispongan de recomendaciones sobre criterios clínicos de referencia en exposiciones médicas, que incluyan las dosis de referencia para los distintos tipos de procedimientos.
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Proeli/es/rd/2001/07/13/815#art-10