Art. 1

En vigor desde 15 jul 2001
El objeto del presente Real Decreto es establecer los principios de justificación del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas frente a las siguientes exposiciones: 1. Exposiciones médicas: a) La exposición de pacientes para su diagnóstico o tratamiento médico. b) La exposición de trabajadores en la vigilancia de su salud. c) La exposición de personas en programas de cribado sanitario. d) La exposición de personas sanas o de pacientes que participan voluntariamente en programas de investigación médica o biomédica, de diagnóstico o terapia. e) La exposición de personas como parte de procedimientos médico-legales. 2. Exposición de personas que, habiendo sido informadas y habiendo dado su consentimiento, colaboran, con independencia de su profesión, en la ayuda y bienestar de personas que están sometidas a exposiciones médicas.
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eli/es/rd/2001/07/13/815#art-1

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