Título INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC EP-4Capítulo CAPÍTULO II

Art. 4

En vigor desde 2 ene 2022
Las instalaciones objeto de la presente ITC requerirán la presentación de un proyecto técnico ante el órgano competente de la comunidad autónoma que incluya, como mínimo, lo indicado en el apartado 2 del anexo II del Reglamento de equipos a presión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2021/09/21/809#art-4-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil