Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 15 jun 2011
La bonificación de las cuotas empresariales por contingencias comunes para el mantenimiento del empleo y la reposición del derecho de prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados previstas en el artículo 9 y en la disposición transitoria quinta de la Ley 35/1010, de 17 de septiembre, serán de aplicación en los procedimiento de regulación de empleo de suspensión del contrato de trabajo y de reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción regulados en este real decreto mientras se cumplan los requisitos exigidos para su reconocimiento.
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Proeli/es/rd/2011/06/10/801#disposicion-transitoria-segunda