Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 32
En vigor desde 24 jul 2005
1. Cumplimentadas las precedentes diligencias, el instructor pondrá de manifiesto el expediente al interesado con carácter inmediato para que en el plazo de 10 días alegue lo que estime pertinente a su defensa y aporte cuantos documentos considere de interés.
2. Se facilitará una copia completa del expediente al interesado cuanto este así lo solicite.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2005/07/01/796#art-32