Art. Disposición final tercera
En vigor desde 14 nov 2023
El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2023/10/24/792#disposicion-final-tercera