Art. 1
En vigor desde 29 may 2024
1. Este real decreto tiene por objeto desarrollar el catálogo de títulos de las enseñanzas de formación profesional mediante el establecimiento de seis nuevos títulos de Técnico Básico, de conformidad con el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
2. Los títulos de Técnico Básico tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.
Se modifica por el .Tres del Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10683
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/08/28/774#art-1