Art. Artículo único

En vigor desde 30 ago 2025
Mediante el presente real decreto se aprueban las directrices y criterios comunes de los planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales (en adelante, planes anuales), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, en la redacción dada por el artículo 1 del Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales.
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eli/es/rd/2025/08/26/716#articulo-unico

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