Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 3 may 2009
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª, 8.ª, 11.ª y 13.ª de la Constitución.
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eli/es/rd/2009/04/24/716#disposicion-final-segunda

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