Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 11

En vigor desde 22 jun 2011
Para iniciar el módulo de formación práctica del ciclo de grado superior en judo y defensa personal, será necesario haber superado con anterioridad los módulos comunes y específicos de enseñanza deportiva que se establecen en el anexo IV.
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eli/es/rd/2011/05/20/705#art-11

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