Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 8 abr 2018
Quedan suprimidas las siguientes Subdirecciones Generales:
a) La Subdirección General de Análisis del Mercado de Trabajo.
b) La Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas.
c) La Subdirección General para la coordinación en materia de Relaciones Laborales, Prevención de Riesgos Laborales y Medidas de Igualdad.
d) La Subdirección General para la inspección en materia de Seguridad Social, Economía irregular e Inmigración.
e) La Subdirección General de Relaciones Institucionales y Asistencia Técnica.
f) La Subdirección General de Apoyo a la Gestión.
Se modifica por la disposición final 2.4 del Real Decreto 192/2018, de 6 de abril. Ref. BOE-A-2018-4753#pr-2
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2017/07/07/703#disposicion-adicional-tercera