Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 8 abr 2018
Quedan suprimidas las siguientes Subdirecciones Generales: a) La Subdirección General de Análisis del Mercado de Trabajo. b) La Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas. c) La Subdirección General para la coordinación en materia de Relaciones Laborales, Prevención de Riesgos Laborales y Medidas de Igualdad. d) La Subdirección General para la inspección en materia de Seguridad Social, Economía irregular e Inmigración. e) La Subdirección General de Relaciones Institucionales y Asistencia Técnica. f) La Subdirección General de Apoyo a la Gestión. Se modifica por la disposición final 2.4 del Real Decreto 192/2018, de 6 de abril. Ref. BOE-A-2018-4753#pr-2

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eli/es/rd/2017/07/07/703#disposicion-adicional-tercera

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