Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 11 ene 2020
1. Con el objeto de actualizar los perfiles del profesorado a los nuevos títulos universitarios regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y a las nuevas especialidades docentes de los cuerpos de profesor de enseñanza secundaria o catedrático de enseñanza secundaria, se autoriza al titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional para la modificación y actualización de los anexos XIV, XV-A y XVI de este real decreto. 2. Con el objeto de actualizar la referencia al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales de los ciclos y la correspondencia de las unidades de competencia con los módulos de enseñanza deportiva que forman los presentes títulos para su convalidación o exención, se autoriza al titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional para la modificación y actualización de los artículos 10, 14, 18 y 22, así como los anexos XVII-A y XVII-B.
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