Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final primera

En vigor desde 13 jun 2010
El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución.
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eli/es/rd/2010/05/20/689#disposicion-final-primera

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