Capítulo CAPÍTULO II
Art. 7
En vigor desde 13 jun 2010
1. Las personas con este perfil profesional ejercen su actividad en el sector de la producción de calzado y artículos de marroquinería, en pequeñas, medianas y grandes empresas, ya sea por cuenta ajena o propia, desarrollando funciones de diseño técnico, gestión de la producción, producción de calzado y complementos y elaboración de patrones para la industrialización.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
Diseñador técnico de industria auxiliar.
Diseñador técnico de calzado.
Diseñador técnico de artículos de marroquinería.
Técnico de patronaje con CAD/CAM.
Patronista-escalador de calzado.
Patronista de artículos de marroquinería.
Modelista-patronista-ajustador de calzado.
Modelista-patronista de artículos de marroquinería
Técnico de desarrollo de productos de calzado (I+D+I).
Técnico en desarrollo de productos de marroquinería (I+D+I).
Técnico en fabricación de calzado.
Técnico en fabricación de artículos de marroquinería.
Técnico en control de calidad en industrias del calzado y la marroquinería.
Técnico de organización.
Encargado de oficina técnica.
Jefe de fabricación.
Supervisor de calidad.
Controlador de producción.
Jefe de calidad.
Jefe de sección.
Jefe de equipo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2010/05/20/689#art-7