Capítulo CAPÍTULO X

Art. Disposición final quinta

En vigor desde 21 jul 2023
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Lo dispuesto en el artículo 39.1 para animales de compañía en lo relativo a la comunicación de los datos de prescripciones veterinarias para antimicrobianos, será de aplicación a partir del 2 de enero de 2025.
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eli/es/rd/2023/07/18/666#disposicion-final-quinta

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