Capítulo CAPÍTULO X
Art. 30
En vigor desde 22 ago 2022
1. Los bienes y medios económicos del Parque Móvil del Estado, O.A., son los siguientes:
a) Los bienes y valores que constituyen su patrimonio.
b) Los productos y rentas de dicho patrimonio.
c) Las consignaciones específicas que tuviera asignadas en los Presupuestos Generales del Estado.
d) Las transferencias corrientes o de capital que procedan de las administraciones o entidades públicas.
e) Los ingresos que esté autorizado a percibir como consecuencia de sus actividades de gestión o explotación.
f) Las donaciones, legados y otras aportaciones de entidades públicas, privadas y de particulares.
g) Cualesquiera otros recursos que puedan serle atribuidos.
2. El régimen patrimonial será el establecido para los organismos autónomos en la Ley 33/2003, de 3 noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en sus disposiciones complementarias.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2022/08/01/663#art-30