Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-9 «Almacenamiento de peróxidos orgánicos y de materias autorreactivasCapítulo CAPÍTULO V

Art. 22

En vigor desde 25 oct 2017
A los efectos del cálculo de las distancias de seguridad, se distinguen tres tipos de instalaciones: Tipo 1.–Las instalaciones situadas fuera de los límites de la propiedad. Como referencia, en relación con las distancias de seguridad, se tomará el límite del almacenamiento. Tipo 2.–Instalaciones dentro de los límites de la propiedad en las que trabajan personas habitualmente (por ejemplo, talleres, oficinas, salas de control, etc.). Tipo 3.–Instalaciones en las que por lo general no se encuentran personas trabajando (por ejemplo, otras instalaciones de almacenamiento, edificios e instalaciones de producción sin ocupación permanente, etc.).
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eli/es/rd/2017/06/23/656#art-22-5

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