Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-7 «Almacenamiento de liquidos tóxicos en recipientes fijos»Capítulo CAPÍTULO V

Art. 19

En vigor desde 25 oct 2017
Las operaciones de trasvase se efectuarán en circuito cerrado, disponiendo el área de trabajo de un sistema que proporcione una ventilación adecuada. Cuando no se disponga de circuito cerrado, deberá disponerse, cuando sea necesario, de un sistema de extracción localizada, en los puntos de posible emisión para garantizar la seguridad y la salud de las personas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2017/06/23/656#art-19-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil