Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-3 «Almacenamiento de cloro»Capítulo CAPÍTULO V

Art. 19

En vigor desde 25 oct 2017
Las instalaciones de absorción tienen por objeto neutralizar los gases de cloro producidos en las maniobras de trasiego, así como las eventuales fugas que puedan surgir en las instalaciones. La cantidad de agente neutralizante del cloro (hidróxido sódico, sulfito sódico, entre otros) disponible en la instalación debe ser suficiente para tratar todo el volumen del cloro contenido en el recipiente de mayor capacidad existente en el almacenamiento. Entre la instalación de absorción y el colector de disparo de las válvulas de seguridad de los recipientes de almacenamiento, se intercalará un depósito tampón con un volumen equivalente de al menos el 10% del recipiente más grande a proteger, dotado con una alarma que indique que ha saltado un dispositivo de seguridad. En los almacenamientos en recipientes fijos y semi-móviles se asegurará la marcha en continuo de la unidad de absorción de cloro. Entre las instalaciones de absorción y las de trasiego de cloro se instalarán trampas que detecten la posibilidad de paso de cloro líquido, provistas de alarmas de temperatura y nivel. Se dispondrá de un detector de cloro a la salida a la atmósfera de la torre de absorción para poder detectar un mal funcionamiento de la torre y activar, en su caso, los procedimientos de emergencia aplicables. La absorción a que se refieren los artículos 20 y 21 podrá ser efectuada en la instalación de uso normal del cloro o en una instalación de absorción de emergencia.
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eli/es/rd/2017/06/23/656#art-19-2

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