Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-3 «Almacenamiento de cloro»Capítulo CAPÍTULO V

Art. 16

En vigor desde 25 oct 2017
1. Cada instalación de almacenamiento tendrá un plan de mantenimiento para comprobar la disponibilidad y buen estado de los elementos e instalaciones de seguridad y equipo de protección individual. Se mantendrá un registro de las revisiones realizadas. El plan comprenderá la revisión periódica de: a) Duchas y lavaojos. Las duchas y lavaojos deberán ser probados como mínimo una vez a la semana. Se harán constar todas las deficiencias al titular de la instalación y éste proveerá su inmediata reparación. b) Equipos de protección individual. Los equipos de protección individual se revisarán periódicamente siguiendo las instrucciones de sus fabricantes/suministradores. c) Equipos y sistemas de protección contra incendios. d) Válvulas de seguridad. e) Válvulas de cierre. f) Indicadores y alarmas. g) Aislamiento. h) Tomas de tierra. i) Antorchas. 2. Cada empresa designará un responsable del Plan de mantenimiento.
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eli/es/rd/2017/06/23/656#art-16-3

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