Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 6 jun 2010
A los efectos establecidos en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, el Título Superior de Cerámica establecido en el Real Decreto 2398/1998, de 6 de noviembre, y el Título Superior de Vidrio establecido en el Real Decreto 1090/2000, de 9 de junio, permitirán el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster y Doctorado sin perjuicio de otros criterios de admisión que, en su caso, determine la universidad a la que se pretenda acceder.
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Proeli/es/rd/2010/05/14/634#disposicion-adicional-quinta