Título TÍTULO XIVCapítulo CAPÍTULO V

Art. 255

En vigor desde 30 jun 2011
Los extranjeros que incumplan los deberes, obligaciones y cargas impuestos por el ordenamiento jurídico general serán sancionados con arreglo a la legislación específicamente aplicable en cada caso.
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eli/es/rd/2011/04/20/557#art-255

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