Art. Disposición final tercera
En vigor desde 7 abr 2009
Los organismos públicos quedan adscritos a los departamentos ministeriales de acuerdo con la distribución de competencias establecidas en este real decreto, y en los términos que se determinen en los reales decretos por los que se apruebe la correspondiente estructura orgánica.
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Proeli/es/rd/2009/04/07/542#disposicion-final-tercera