Libro TRATADO PRIMERO›Título TÍTULO III›Secc. De los Mandos en el Ala de Fuerzas Aéreas›§ Del Jefe de Ala
Art. 43
DerogadoEn vigor desde 1 abr 1984
Podrá relevar de su puesto o cargo a cualquiera de los subordinados designados por él, debiendo tener presente la conveniencia de que todos turnen en los destinos propios de su empleo, para adquirir una formación completa, y que permanezcan en ellos el tiempo suficiente, conjugando la formación del personal con la eficacia operativa de la Unidad.
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Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-43