Libro TRATADO TERCEROTítulo TÍTULO XIVSecc. Del saludo

Art. 321

En vigor desde 1 abr 1984
Todo militar saludará a las Banderas y Estandartes de las Unidades y durante la interpretación del Himno Nacional. También saludará militarmente a Sus Majestades los Reyes, a S. A. R. el Príncipe de Asturias, a los Infantes de España, al Presidente y al Vicepresidente del Gobierno y al Ministro de Defensa, en la forma y de acuerdo con lo reglamentariamente dispuesto. Al embarcar o desembarcar de un buque de la Armada saludará a la Bandera, dándole frente en el momento de pisar o abandonar la cubierta. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. Ref. BOE-A-1984-7808 .
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-321

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