Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIISecc. Preceptos generales

Art. 27

Derogado
En vigor desde 1 abr 1984
Todo Jefe de Unidad Aérea dispondrá de un Manual, donde constarán las Instrucciones Generales y las Particulares dictadas por el mando y los procedimientos operativos de la Unidad. En él también figurarán la plantilla de Personal y las Tablas de Dotación de Material en vigor.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-27

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