Art. Preambulo

En vigor desde 23 abr 2009
La Ordenanza Postal, aprobada por Decreto de 19 de mayo de 1960, creó la Orden del Mérito postal, con objeto de premiar «servicios eminentes prestados al correo». Junto a ella, la Circular de 29 de agosto de 1951 y la Instrucción del Director General de Correos y Telecomunicaciones, de 12 de enero de 1982, creaban las Medallas al Mérito Filatélico y al Mérito de la Radioafición, regulando el Decreto 1581/1974, de 31 de mayo, la Orden del Mérito de telecomunicación. Estas normas fueron derogadas por el Real Decreto 863/1997, de 6 de junio, por el que se actualizan y refunden las normas que regulan la Orden del Mérito postal, la Orden del Mérito de Telecomunicación, la Medalla al Mérito filatélico y la Medalla al Mérito de la Radioafición. Este real decreto fue desarrollado, posteriormente, por Orden de 23 de junio de 1997. La reestructuración del los Departamentos ministeriales llevada a cabo por el Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, creaba el Ministerio de Ciencia y Tecnología como Departamento responsable de la política científica y tecnológica, de las telecomunicaciones y el impulso de la sociedad de la información, competencias todas ellas atribuidas a la suprimida Secretaría General de Comunicaciones, dependiente del Ministerio de Fomento antes de la promulgación del mencionado real decreto. Posteriormente, el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, creaba el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio como Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de desarrollo industrial, política comercial, energética, de la pequeña y mediana empresa, de turismo y de telecomunicaciones. Asimismo, el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, y más recientemente el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, definieron la nueva estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y, en particular, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, atribuyendo a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información las competencias en materia de telecomunicaciones, medios audiovisuales y desarrollo de la sociedad de la información. Como consecuencia, resulta conveniente, por un lado, regular separadamente el régimen jurídico de las condecoraciones en el ámbito postal y el de las condecoraciones en el ámbito de las telecomunicaciones, completando así la regulación del Real Decreto 968/2002, de 20 de septiembre, por el que se adaptan las normas que regulan la Orden Civil del Mérito Postal y la Medalla al Mérito Filatélico a la estructura organizativa del Ministerio de Fomento y, por otro, actualizar dicho régimen en el ámbito de las telecomunicaciones ante los cambios jurídicos y fácticos operados en este sector, así como ampliar su ámbito al de la sociedad de la información, dada la íntima relación existente entre las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) y los servicios asociados a las mismas, y el sector de las telecomunicaciones. En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de abril de 2009, DISPONGO:
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