Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 27 ene 2021
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2021/01/26/46#disposicion-final-segunda