Capítulo CAPÍTULO II

Art. 7

En vigor desde 21 may 2010
1. Las personas con este perfil profesional ejercen su actividad en pequeñas, medianas o grandes empresas, con niveles muy diversos tanto en su tecnología como en su organización. Son trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena que se integran en un equipo de trabajo con personas de su mismo o inferior nivel de cualificación, donde desarrollan tareas individuales y en grupo en las áreas funcionales de recepción de materias primas y materiales, preparación y manejo de equipos de producción, control de operaciones de elaboración, envasado y embalaje, de apoyo al control de calidad, almacenamiento y expedición de productos acabados. En general, dependerán orgánicamente de un mando intermedio, a excepción de pequeñas empresas o en las que todavía las operaciones manuales poseen relevancia, en las cuales pueden ejercer funciones de supervisión de operarios y depender, en su ejercicio, directamente de la dirección de producción. 2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes: – Elaborador de productos alimenticios. – Operador de máquinas y equipos para el tratamiento y elaboración de productos alimenticios. – Operador y controlador de líneas de envasado y embalaje. – Recepcionista y almacenero. – Acopiador de materias primas y materiales a las líneas de producción. – Dosificador. – Supervisor de línea.
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eli/es/rd/2010/04/16/452#art-7

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